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Seguros de viaje ¿lo contrato…?

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Se dice que en España somos muy dados a los refranes y, como prueba de ello, enlazando perfectamente con lo que va a ser el contenido de este artículo ya me atrevo a decir:

No nos acordamos de Santa Bárbara, hasta que truena”.

Texto por ©José Manuel Beltrán.

Si a la dificultad añadida de habernos decidido, al fin, por un determinado destino; si hemos estado en la duda de elegir tal o cual determinada agencia o, incluso, de haber vencido las lógicas objeciones en relación con las condiciones climatológicas, sanitarias e incluso políticas del lugar a donde viajar; solo falta que, por último, te pregunten: ¿quiere usted contratar el seguro de viaje?. ¡Por favor, más problemas, nooo!.

Lo que está claro es que son muchos los ciudadanos viajeros que, en buena parte, desconocen realmente las coberturas de los seguros de viaje, incluso si ya están cubiertos al haber efectuado el pago del producto vacacional por medio de su tarjeta de crédito, o de débito.

Quizás también, muchos ciudadanos viajeros tengan una tarjeta de cualquier compañía aérea, que se encontrará asociada a alguna de las alianzas. Pues bien, muchas de ellas, y en lo que respecta a los billetes, vuelos, etc… tambien disponen de seguro de asistencia.
Eso de leer la letra pequeña de los documentos, no nos va; sin embargo se hace imprescindible para poder viajar sin grandes sobresaltos. Intentaremos dar algunas pistas.
Puedo necesitar asistencia sanitaria. ¿Me vale mi tarjeta de la Seguridad Social?.

Pues, como también veremos en otros casos, depende del destino a donde viajes. Si te desplazas a cualquier país miembro de la U.E., todos los ciudadanos están cubiertos en la asistencia sanitaria por medio de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). 
Esta tarjeta, que podrás solicitar en la Seguridad Social, te evitará cualquier coste económico al ser atendido en otro país miembro. No lo olvides, cada componente debe llevar su propia tarjeta, y como ves no tienes que contratar, ni pagar, nada nuevo.
Otro caso, en el caso de la asistencia sanitaria, es el de tu propia compañía privada; llámese Sanitas, Adeslas, DKV, etc.. Pues bien, ponte en contacto con tu compañía porque, con toda seguridad, no tendrás que realizar ningún gasto adicional o, como máximo, conocerás hasta que punto son reintegrables los gastos ocasionados. En definitiva, con la prima que estás pagando continuas asegurado. Aún así, insisto, consulta con tu compañía según el destino elegido.
 
Pero, mi destino es más exótico o, incluso, voy a E.E.U.U.
 
Es verdad que España mantiene algunos convenios sanitarios con países diferentes de la U.E. y que, por ejemplo en E.E.U.U., los costes de una consulta médica pueden superar los 100€, y ya no digamos una operación u hospitalización. Pero, si viajamos al Caribe, África o a Asia, se hará aconsejable contratar un completo seguro de asistencia médica, en el que estén cubiertas también indemnizaciones o repatriación en caso de accidente.
Ya, ya…. pero ¿que cubren los seguros?.
 
Un seguro puede cubrir todo aquello que tu quieras, porque todo se puede asegurar. Lógicamente, cuantas más coberturas contrates más caro te saldrá.
Las agencias de viajes, tour operadores, etc… te ofrecerán en sus paquetes de viaje unas coberturas de seguro muy básicas: cancelaciones o demoras, pérdidas de equipaje, robos y asistencia sanitaria básica (mirar la letra pequeña). Normalmente, mejor dicho generalmente, los fenómenos naturales quedan excluidos de las indemnizaciones, justamente por eso, por ser excepcionales.
 
Es ahí cuando conviene efectuar un presupuesto personalizado de tu viaje con una compañía de seguros de marca e indagar en la red, para efectuar las comparativas correspondientes, por ejemplo en rastreator.com 

Eso si, ten en cuenta que si ya tienes asegurada determinadas coberturas, bien sea con tarjeta de crédito, con tu seguro de hogar (p.ej. tu cámara de fotos, video, etc..) o tu compañía de salud privada; no es necesario que dupliques estas coberturas en tu presupuesto. Así ahorrarás dinero.
 
Asistencia sanitaria, indemnización en caso de demora, anulación del viaje por problemas técnicos o de la compañía, Overbooking, transporte o repatriación de asegurado fallecido, fallecimiento accidental del asegurado, envío urgente de medicamentos, indemnización por pérdida robo, destrucción total o parcial del equipaje, adelanto de fondos por pérdida o robo de equipaje, enfermedad o accidentes, responsabilidad civil del asegurado, etc…, son razones mínimas y más que suficientes para que, aplicando otro refrán, digamos eso de “más vale prevenir que curar”.
 
Ahora, después de dejarte deberes por hacer, solo me queda desearte: salud, ciudadano viajero.

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ETIQUETAS: CONSEJOSNOTICIAS

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